Valoración moral del terrorismo en España, de sus causas y de sus consecuencias: CAPÍTULO I - Alfa y Omega

Valoración moral del terrorismo en España, de sus causas y de sus consecuencias: CAPÍTULO I

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La matanza de los inocentes. Bóveda del Panteón Real de la colegiata de San Isidoro de León (siglo XII). Imagen Mas

CAPÍTULO I. El terrorismo, forma específica de violencia armada

5. Entendemos por terrorismo el propósito de matar y destruir indistintamente hombres y bienes, mediante el uso sistemático del terror con una intención ideológica totalitaria. Al hablar de terror nos referimos a la violencia criminal indiscriminada que procura un efecto mucho mayor que el mal directamente causado, mediante una amenaza dirigida a toda la sociedad. Las acciones terroristas no se refieren sólo a un acto o a algunas acciones aisladas, sino a toda una compleja estrategia puesta al servicio de un fin ideológico. Juan Pablo II ha señalado que «no se pueden cerrar los ojos a otra dolorosa plaga del mundo actual: el fenómeno del terrorismo, entendido como propósito de matar y destruir indistintamente hombres y bienes, y crear precisamente un clima de terror y de inseguridad, a menudo incluso con la captura de rehenes. Aun cuando se aduce como motivación de esta acción inhumana cualquier ideología o la creación de una sociedad mejor, los actos del terrorismo nunca son justificables»[7].

Esta aproximación nos permite captar que la maldad del terrorismo es más profunda que la de sus actos criminales, ya de por sí horrendos. Existe una intención inscrita en esos actos que busca un efecto mayor con el fin de aterrorizar a una sociedad y hoy, incluso, al mundo entero. El terrorismo busca una utilidad más allá de sus crímenes; intenta que un grupo muy reducido de personas mantenga en tensión a toda la sociedad, obteniendo una amplia repercusión política, potenciada por la publicidad que obtienen sus nefandas acciones. Los terroristas cuentan con que su actividad criminal es rentable en términos políticos y, por eso, la justifican como necesaria en virtud de sus propios objetivos. No pueden ocultar la naturaleza lamentable de sus acciones, pero tratan de darles un sentido político que las haría, en su opinión, legítimas.

El recurso al terror, junto con el intento de su justificación política ante la sociedad a la que se aterroriza, es lo que da un carácter específico a la violencia terrorista que la distingue de otros tipos de violencia.

6. La naturaleza del terrorismo es, por tanto, diversa de la guerra o de la guerrilla. Esta diferencia ha sido reconocida por diversos organismos internacionales que entienden que, incluso en la guerra, deben ser perseguidos los actos terroristas[8]. Si las acciones de guerra, nunca deseables, pueden ser reconocidas en algún caso como respuesta legítima, cuando sean proporcionadas frente a la agresión injusta, el terrorismo nunca podrá ser considerado como una forma de legítima defensa, precisamente porque no es una respuesta proporcionada, sino el ejercicio indiscriminado de la violencia contra toda clase de personas. Es, por principio, una amenaza para todos, pues todos son, de hecho, considerados como culpables, y podrían ser sacrificados en aras de objetivos políticos superiores. De ahí que no se pueda aceptar de ningún modo la equiparación del terrorismo a la acción de guerra. Tal equiparación no corresponde a la realidad y no es justa.

7. El terrorismo es, también, diverso de la simple delincuencia organizada. Las organizaciones terroristas suelen mantener contactos con diversas agrupaciones delictivas. Pero, mientras otros grupos de delincuentes sólo tienen como fin el propio lucro, el terrorismo tiene fundamentalmente una finalidad política que presenta como justificativa de sus acciones, a las que trata de dar la mayor publicidad posible, a diferencia de lo que hace la delincuencia ordinaria.

8. Dentro de la ideología marxista-revolucionaria, a la que se adscriben muchos terrorismos, entre ellos el de ETA, es normal querer justificar sus acciones violentas como la respuesta necesaria a una supuesta violencia estructural anterior a la suya, ejercida por el Estado. A su juicio, la violencia de Estado sería la violencia originaria, verdadera culpable de la situación conflictiva, en la medida en que es anterior a todas las demás y puede ser ejercida con más medios. Hay que denunciar sin ambages esta concepción inicua, contraria a la moral cristiana, que pretende equiparar la violencia terrorista con el ejercicio legítimo del poder coactivo que la autoridad ejerce en el desempeño de sus funciones. A la vez se debe manifestar también la inmoralidad de un posible uso de la fuerza por parte del Estado, al margen de la ley moral y sin las garantías legales exigidas por los derechos de las personas.