¿Cuándo es lícita una huelga? - Alfa y Omega

¿Cuándo es lícita una huelga?

De tipo político o ideológico. El principal sindicato en número de afiliados quiere aprovechar para protestar, mañana, no sólo contra la reforma laboral, sino también contra los conciertos escolares con la Iglesia, que ahorran cada año al Estado más de 4 mil millones de euros

Redacción

La diócesis de Alcalá de Henares ha publicado, en su web, una selección de los textos del magisterio de la Iglesia sobre el Derecho a la huelga, apoyándose en la constitución pastoral Gaudium et spes, del Concilio Vaticano II, en la Carta apostólica Octogesima adveniens, de Pablo VI, en la encíclica Laborem exercens, del Beato Juan Pablo II, así como en el Catecismo y en el Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia.

La web de la diócesis complutense recuerda que la doctrina social de la Iglesia reconoce la legitimidad de una huelga «cuando constituye un recurso inevitable, si no necesario, para obtener un beneficio proporcionado, y tras constatar la ineficacia de todas las demás modalidades para superar los conflictos». Eso sí, la huelga, «aun cuando aparezca como una especie de ultimátum, debe ser siempre un método pacífico de reivindicación y de lucha por los propios derechos», de modo que resulta «moralmente inaceptable cuando va acompañada de violencias, o cuando se lleva a cabo en función de objetivos no directamente vinculados con las condiciones del trabajo, o contrarios al bien común».

La huelga como excusa

Dicho de otro modo, es moralmente inaceptable y contrario al bien común de todos los españoles utilizar la huelga del 29-M y las protestas contra la reforma laboral para introducir otras reivindicaciones, que poco o nada tienen que ver con la protección de los trabajadores. Abusos, por ejemplo, como el que supone un cartel que el sindicato Comisiones Obreras ha colgado en varios hospitales de la Comunidad de Madrid, animando a la huelga con argumentos como éste: «Es una mentira» que no haya más opción que recortar gasto público, pues se pueden aumentar los ingresos de las arcas públicas, y una de las formas para hacerlo sería «revisar los conciertos con los centros educativos de elite y las exenciones religiosas».

Según ha documentado la Conferencia Episcopal Española, la Iglesia, que es titular de algo más de 6 mil centros de enseñanza en España, ahorra cada año al Estado unos 4.150 millones de euros, cifra que se obtiene al multiplicar el número de plazas adicionales que tendría que cubrir la Administración por el coste unitario en los centros estatales.

Asimismo, la Conferencia Episcopal ha reiterado que no existen exenciones religiosas fiscales en España. En virtud de la Ley de Mecenazgo, están exentos del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) todo tipo de organizaciones sin ánimo de lucro que contribuyen al bien de la sociedad, como las confesiones religiosas, las fundaciones, las organizaciones no gubernamentales, los partidos políticos o las federaciones deportivas.

José Antonio Méndez y María Martínez López