El religioso que esté ausente 12 meses será expulsado ipso facto - Alfa y Omega

El religioso que esté ausente 12 meses será expulsado ipso facto

Redacción
Foto: CNS

El religioso que se ausente de forma ilegítima de la casa religiosa durante doce meses ininterrumpidos será expulsado ipso facto del Instituto religioso al que pertenece. Así lo ha establecido el Papa Francisco este martes 26 de marzo a través de un motu proprioCommunis vitas— que modifica el Código de Derecho Canónico.

Con el cambio, que entrará en vigor el próximo miércoles 10 de abril sin efectos retroactivos, el Pontífice quiere acabar con la práctica de algunos religiosos que se ausentan de manera ilegítima de la casa religiosa. «La vida comunitaria es un elemento esencial de la vida religiosa» y «los religiosos deben vivir en su propia casa religiosa observando la vida común y no pueden ausentarse sin la licencia del Superior», asegura el Santo Padre.

De esta forma, ya son tres los motivos de dimisión «ipso facto»: abandono de la fe católica; haber contraído matrimonio, aunque sea civilmente; y el introducido ahora por el Papa Francisco.

Ante tales circunstancias, «el superior mayor, con su consejo, debe sin demora, reunir pruebas y emitir una declaración de hecho para que la renuncia sea legalmente reconocida». Por otro lado, «en los casos previstos, esta declaración debe ser confirmada por la Santa Sede para ser legalmente confirmada; en el caso de los institutos de derecho diocesano, la confirmación es responsabilidad del Obispo de la Sede principal».

Por último, «la dimisión de un miembro del Instituto tiene lugar de acuerdo con los cánones 694 § 1, 1 y 2 y 695. 2. Las Constituciones definirán también otras causas de renuncia, siempre que sean proporcionalmente graves, externas, imputables y jurídicamente probadas, y que se observe el procedimiento establecido en los cc. 697-700. Lo dispuesto en el can. 701 se aplicará al miembro dimisionario».