Condenado por no matar - Alfa y Omega

Condenado por no matar

María Martínez López

Un Juzgado de Palma de Mallorca ha condenado, por negligencia, a un médico abortista y al centro donde trabaja. Ambos tendrán que indemnizar con 420.000 euros a una mujer, que responde a las iniciales T. P. —en la imagen—. Tres meses después de practicársele un aborto, descubrió que seguía embarazada. La indemnización cubre el daño moral y los gastos ocasionados por su hijo hasta que cumpla 25 años, a razón de 978 euros al mes.

El juez justifica su decisión en que el aborto fallido tuvo como resultado una descendencia «que no ha sido buscada ni querida». Un hijo —añade— «te acompaña a lo largo de toda tu vida y altera para siempre la estructura y tipo de familia» deseada, afectando a la «autonomía personal y desarrollo de la personalidad». La sentencia hace auténticos malabares con el lenguaje para disfrazar el hecho de que la mujer ya era madre antes del aborto; y llega a hablar de «un embrión que desembocó en el menor que ahora es su hijo». Con todo, el aborto no fue fallido del todo. En realidad, T. P. estaba esperando dos hijos, y uno de ellos sí murió.

Además, el aborto, ejecutado bajo el supuesto de riesgo para la salud psíquica de la madre, puede haber sido ilegal. En su texto, el juez afirma que el dictamen psiquiátrico que lo justifica «no cumple el mínimo rigor exigible»: no indica «qué pruebas se efectuaron a la paciente, ni qué riesgos para la salud psíquica conllevaba el embarazo». Estas carencias hacen sospechar que se estaba usando el riesgo para la salud materna como coladero para un aborto ilegal. El deber del juez al detectar esta irregularidad era haber informado al fiscal para que se iniciara una investigación, pero no lo hizo. Por otro lado, cuando se descubrió que el aborto no había funcionado, la clínica ofreció a la mujer gestionarle otro aborto en Barcelona, que también habría sido ilegal, al estar embarazada ya de 22 semanas.

No es la primera sentencia condenatoria de este tipo. Hay varios antecedentes en casos de nacimientos erróneos de bebés con algún tipo de anomalía, cuyos padres argumentan que habrían abortado, de haberse detectado esa minusvalía. El Tribunal Supremo de España ya ha reconocido casos así, y en los próximos meses el Tribunal de Derechos Humanos, de Estrasburgo, tiene que hacer frente a tres casos de este tipo. Las condenas por el aborto fallido de un bebé sano son menos frecuentes, aunque las ha habido en países como Canadá.