Eutanasia abierta en Andalucía - Alfa y Omega

Eutanasia abierta en Andalucía

María Martínez López

A doña Ramona Estévez, al cierre de esta edición, le quedan pocos días de vida. La anciana, que está en coma y, estos días, cumple 91 años, no ha recibido alimentación ni hidratación desde la semana pasada. Por orden de la Consejería de Salud de Andalucía, el hospital concertado Blanca Paloma, de Huelva, le retiró la sonda nasogástrica por la que recibía alimentos. Doña Ramona había sufrido, el 26 de julio pasado, un infarto cerebral grave que la dejó en coma, y su hijo, tras negarse, en un principio, a que se le pusiera la sonda nasogástrica, pidió a la Junta que se le retirara. La plataforma Derecho a vivir intentó que la Justicia ordenara que se la volviera a sondar, pero dos Juzgados archivaron la demanda. Ahora, ha presentado una querella contra la Consejera de Salud de Andalucía, doña María Jesús Montero.

El Gobierno andaluz se escuda en un aspecto de la ley andaluza de muerte digna, del que los expertos de bioética ya alertaron al aprobarse, el año pasado: esta norma considera la alimentación como una intervención médica. Como consecuencia, la limitación del esfuerzo terapéutico -que, bien entendida, es la práctica correcta- se amplía hasta el punto de retirar no sólo tratamientos o medidas de soporte vital, sino el mismo alimento. Sin embargo, esta asimilación es errónea, como explica el doctor José Jara, Presidente de la Asociación de Bioética de Madrid: «Las sondas de alimentación son cuidados básicos como el abrigo o los cambios de postura; no medidas terapéuticas» -destinadas a curar- «ni de soporte vital (ayuda para respirar o para que el corazón lata). Sólo dan nutrición a una persona que no está en muerte cerebral». Es decir, que está viva y «que puede vivir por sí misma», con esa pequeña ayuda.

Esta confusión se encontraba también en el Proyecto de Ley reguladora de los derechos de la persona ante el proceso final de la vida, presentado por el Gobierno, el pasado mes de junio, aunque seguramente no se aprobará dentro de esta legislatura. «Esto pone de manifiesto, una vez más, que la aplicación de estas leyes conduce a una eutanasia encubierta», añade el doctor Jara.

El obispo de Huelva, monseñor José Vilaplana, ha subrayado, en una Nota, que «toda acción dirigida a interrumpir la alimentación o la hidratación constituye un acto de eutanasia, en el que la muerte se produce, no por la enfermedad, sino por la sed y el hambre provocadas». La Nota recuerda que «el único deber que tiene la sociedad, en relación a la enferma, es ayudarla a vivir. La dignidad de la vida humana no puede venir ligada al estado de conciencia» del enfermo. La muerte «buscada o inducida no es la respuesta al drama del sufrimiento», afirma monseñor Vilaplana, quien también promete sus oraciones por Ramona y las personas que la rodean. Si doña Ramona fallece, su muerte se produciría pocos días después de que, en Leganés (Madrid), otra anciana muriera tras pedir su sobrina que le retiraran la sonda nasogástrica. Derecho a vivir ha pedido a la Comunidad de Madrid que investigue esta muerte. Asimismo, resulta preocupante que lo que haya desatado la polémica sea el hecho de que un hospital quisiera alimentar a doña Ramona, no que en el primero en el que ingresó no se la sondara. La señora Montero se felicita por la «total normalidad» con la que se aplica la ley de muerte digna en los hospitales andaluces. Quizá esa normalidad implique ya el no alimentar ni hidratar a enfermos que no pueden hacerlo por sí mismos.