Si una monja quiere salirse de la orden, ¿debe dejar España? - Alfa y Omega

Si una monja quiere salirse de la orden, ¿debe dejar España?

José Antonio Méndez
Fachada del convento de las Madres Mercedarias, en Santiago de Compostela. Foto: EFE/Xoán Rey

Desde el Ministerio de Justicia explican a este semanario que cuando una monja extranjera no comunitaria solicita ingresar en un convento español, recibe un visado en calidad de religiosa y un permiso especial de residencia temporal por actividad laboral no lucrativa, regulado por una de las 17 excepciones recogidas en la Ley de Extranjería.

La orden y el obispado al que llega responden por ella y se comprometen a pagar su Seguridad Social y a asegurar su sustento y residencia. Ese permiso debe ser renovado tres veces: tras el primer año, a los tres años y a los cinco años. Después, el permiso de residencia pasa a ser de larga estancia, o sea, indefinido.

En el caso de las novicias, obtienen un visado especial, pero llegan como seglares y se someten a los procesos normales de extranjería. Si con el tiempo la persona obtiene el permiso de residencia y desea abandonar la orden, la ley permite que se quede en España regulando su situación. Sin embargo, la práctica habitual es que regresen a su país. De hecho, las congregaciones corren con los gastos del viaje «para devolverlas a su entorno» sin que les cueste dinero a las religiosas exclaustradas.

Una de las responsabilidades que asumen los institutos de vida contemplativa es extremar las precauciones para que «nadie intente salir de su país aprovechándose de una congregación», aclaran fuentes de Confer.