El TSJA mantiene la duración de la clase de Religión en 90 minutos - Alfa y Omega

El TSJA mantiene la duración de la clase de Religión en 90 minutos

La justicia aragonesa ha suspendido cautelarmente la decisión del Gobierno de Aragón que reducía el horario de las clases de Religión en Aragón hasta los 45 minutos. Los Obispos de Aragón habían interpuesto una demanda de suspensión

Redacción

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha estimado una demanda de suspensión cautelar presentada por los Obispados de Aragón sobre la enseñanza de Religión, con el fin de que los centros públicos de Primaria puedan seguir ofertando este curso un mínimo de 90 minutos semanales.

El Departamento de Educación del Gobierno de Aragón redujo el pasado 28 de julio a la mitad, 45 minutos, la clase para cada uno de los cursos de Primaria.

Según el auto hecho público hoy, contra el que cabe recurso de apelación, el TSJA ha ordenado a la Administración autonómica que adopte “de forma inmediata” las medidas para que esta suspensión cautelar sea conocida por centros, padres y alumnos y, si fuera necesario, otorgue un plazo extraordinario para que los alumnos puedan elegir esta materia si así lo desean.

El Arzobispado de Zaragoza y los Obispados de Teruel-Albarracín, Huesca, Jaca, Tarzona y Barbastro-Monzón interpusieron el recurso contencioso administrativo contra esta orden, al modificar la de 2014 y reducir en un 50 % las clases de Religión en Primaria.

Los recurrentes alegaron que vulneraba un acuerdo del Estado con la Santa Sede, que establecía que esta materia debía de prestarse en condiciones equiparables al resto, algo que, a juicio de los obispos, no se garantizaba con esta nueva orden.

El año pasado cursaron Religión en Aragón 34.571 alumnos a los que dieron clase 252 profesores.

El Tribunal adopta la medida cautelar, entre otros motivos, porque considera que son más relevantes los perjuicios ocasionados por esta orden a padres y alumnos que quieran cursar religión así como a los profesores que a la administración demanda.

El TSJA desestimó el pasado día 1 de septiembre una medida cautelarísima solicitada por los mismos obispos en este sentido, al no apreciar la concurrencia de circunstancias de especial urgencia para adoptar tal medida sin oír a la parte contraria, es decir, al Departamento de Educación.

Efe / Redacción