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| Lo cumplido
Acuerdo Básico, en las dos renuncias: -al privilegio de presentación Acuerdo Jurídico, con sus limitaciones: -la Iglesia se ha podido organizar y actuar libremente Acuerdo Enseñanza, con sus limitaciones: -las clases de Religión: permitidas y subvencionadas Acuerdo Económico: -asignación tributaria Acuerdo Castrense: -asistencia religiosa: garantizada Lo incumplido y por cumplir Violación manifiesta de los Acuerdos -Acuerdo Jurídico (VI): el régimen matrimonial en el Código Civil Violación parcial de los Acuerdos -Acuerdo Jurídico (V): reconocimiento civil de fundaciones religiosas (los fines) Interpretación minimalista y restrictiva de los Acuerdos -Acuerdo Jurídico (IV): eficacia de la nulidad matrimonial y de la dispensa de rato y no consumado; (V): servicios sociales de la Iglesia Lagunas o expectativas no cumplidas -Acuerdo Económico (IV): asignación tributaria no ajustada (en vías ya de solución-por ahora, correcta pero aún provisional-); centros de Teología en Universidades del Estado |