SJM y Cáritas Española lamentan los escasos avances en la aplicación del reglamento de los CIE - Alfa y Omega

SJM y Cáritas Española lamentan los escasos avances en la aplicación del reglamento de los CIE

Cáritas

Tras la publicación hace un año del Real Decreto 162/2014 sobre Reglamento de funcionamiento y régimen interior de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE), el Servicio Jesuita a Migrantes y Cáritas Española hicieron pública una nota de prensa en la que, junto a un balance ponderado del texto, valoraban positivamente algunos avances que se introducían en el mismo.

En dicha nota, ambas organizaciones señalábamos que «la existencia de este Reglamento beneficia tanto a las personas internas como a los funcionarios y demás personal de los centros pero, sobre todo, nos beneficia a todos como sociedad».

El Reglamento, por su parte, manifestaba que «la experiencia adquirida desde la implantación de los centros de internamiento, tanto desde el ámbito del Ministerio del Interior como desde el enfoque aportado por diversos organismos ajenos a dicho departamento y movimientos y colectivos sociales de distinta índole, aconsejan que los centros (…) deban sufrir una profunda reforma que traslade esos cambios demandados a la propia estructura y funcionamiento de los mismos».

Desde su publicación, nuestras organizaciones han mantenido una posición permanente de diálogo y transparencia con el Gobierno, a través de la Dirección General de la Policía, para solicitar la implementación de aquellos aspectos recogidos en la norma que consideramos fundamentales para garantizar los derechos de las personas internadas.

Transcurrido más de un año de la publicación, debemos manifestar públicamente que no se han producido prácticamente avances de ningún tipo.

Algunos aspectos que no se han puesto en marcha son los relativos a la propia estructura organizativa de los centros. Consideramos especialmente relevante que:

• No se hayan nombrado los administradores responsables de los servicios asistenciales ni los médicos de la Administración General del Estado responsables de los servicios médicos. Tampoco se han constituido las Juntas de Coordinación, figura fundamental para la planificación y seguimiento de los servicios sanitarios, asistenciales y sociales en los centros.

• Algunos CIE siguen sin tener un régimen general de acceso de ONG.

• No hay servicios de asistencia social (sólo en los CIE de Madrid y Barcelona existe un convenio con la Cruz Roja Española pero que no puede suplir los contenidos recogidos por ejemplo en los artículos 1.4 o 30 del Reglamento) en todos los CIE, decisivos para un acompañamiento personal adecuado a las personas internas e imprescindibles a la hora de detectar posibles perfiles vulnerables como menores, solicitantes de protección internacional o víctimas de trata.

• Los servicios de asistencia sanitaria, responsables no sólo de la asistencia médica y farmacéutica de los CIE, sino de la supervisión de las condiciones higiénico-sanitarias de los mismos (en este sentido, es necesario recordar las denuncias sobre las condiciones sanitarias y de habitabilidad de los Centros de Internamiento de Algeciras y Valencia (en éste último se sufrió una plaga de chinches que motivó una denuncia judicial), no se prestan en las condiciones necesarias. No hay enfermerías.

• En los Centros no existe un servicio de traductores estable ni accesible cuándo es necesario.

• En la mayoría de los CIE no hay un canal directo de queja de las personas internas al juez de control. Su figura sigue siendo desconocida para la mayoría de las personas internadas.

Tampoco se han realizado mejoras sustanciales en las instalaciones, salvo aquellas motivadas por «razones de seguridad», como, por ejemplo, la instalación de una malla metálica en el patio del Centro de Internamiento de Madrid. En este sentido, persisten graves deficiencias de habitabilidad señaladas por Defensor del Pueblo, Fiscalía y los juzgados de control.

Muchas de las razones aducidas para no acometer estas mejoras se basan en la falta de recursos, algo que sin embargo no parece ser óbice para la construcción de nuevos CIE.

Por otro lado, en la nota de prensa del Ministerio sobre aprobación del Reglamento se manifestaba que el Reglamento venía acompañando de un incremento de los recursos económicos (Nota de prensa de Mº Interior 14.03.2014 «A los 8.8 millones de euros se añadirán 3 millones de euros adicionales para reforzar los servicios más inversión adicional de 2.56 millones de euros para la mejor adaptación de los espacio. Este dinero sale de Europa y de reordenar partidas presupuestarias de Interior»).

Tampoco se constatan avances en cuestiones que no dependen de una dotación presupuestaria, como son normas de funcionamiento donde la prohibición y la sospecha hacia los internos no sea la norma general; o la publicación anual de datos sobre CIE y expulsiones que permitan el oportuno seguimiento de los mismos a la sociedad civil y a los actores públicos encargados de su fiscalización.

A la vista de todo ello y de la reciente sentencia dictada por el Tribunal Supremo declarando inaplicables o nulos algunos artículos del Reglamento, añadido a la sucesión de denuncias y falta de derechos en estas instalaciones, sobran razones para proceder al cierre de los CIE y avanzar en la búsqueda de otras alternativas. Recordamos, no obstante, que en tanto existan personas migrantes que sigan estando internas, sus derechos deben respetarse.

Animamos a la comunidad cristiana y a la sociedad en general a estar alerta frente a estos espacios opacos que tanto sufrimiento personal y familiar generan, en los que encerramos a personas migrantes por una simple infracción administrativa, por no tener papeles.

Si hace un año abrigábamos motivos para la esperanza, hoy los tenemos para la decepción y la preocupación. Pero, también, contamos con más razones que nunca para seguir acompañando a las personas migrantes en la defensa por sus derechos, con la convicción de que es el conjunto de la sociedad la que avanza cuando se respeta la dignidad de cada persona.

Cáritas Española y SJM