La defensa del matrimonio, principio irrenunciable para el político católico - Alfa y Omega

La defensa del matrimonio, principio irrenunciable para el político católico

El mismo día en que la Conferencia Episcopal hacía pública la Nota sobre la legislación familiar y la crisis española, se cumplían 10 años de un documento decisivo para la comprensión de los derechos y deberes del laico en la vida pública, y en particular del político católico: la Nota doctrinal de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política, que calificaba de «principio irrenunciable» la defensa de «la familia, fundada en el matrimonio monogámico entre personas de sexo opuesto»

Redacción

Lo recordaba monseñor Juan Antonio Martínez Camino, en la rueda de prensa final de la Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal. El mismo día en que los obispos pedían la derogación de la legislación en España sobre el matrimonio, y pedían coherencia con su fe a los políticos católicos, se cumplía un año del célebre documento del entonces cardenal Ratzinger. Monseñor Martínez lanzó una invitación a que se relea este documento, meridianamente claro en lo que respecta a la protección del matrimonio.

En aquella Nota Doctrinal, se resaltaba que, «cuando la acción política tiene que ver con principios morales que no admiten derogaciones, excepciones o compromiso alguno, es cuando el empeño de los católicos se hace más evidente y cargado de responsabilidad». La advertencia es válida tanto para los políticos católicos, como para quienes tienen la responsabilidad de dar o no su voto a una opción política. «Ante estas exigencias éticas fundamentales e irrenunciables -añadía la Nota-, en efecto, los creyentes deben saber que está en juego la esencia del orden moral, que concierne al bien integral de la persona. Éste es el caso de las leyes civiles en materia de aborto y eutanasia (que no hay que confundir con la renuncia al ensañamiento terapéutico, que es moralmente legítima), que deben tutelar el derecho primario a la vida desde de su concepción hasta su término natural. Del mismo modo, hay que insistir en el deber de respetar y proteger los derechos del embrión humano. Análogamente, debe ser salvaguardada la tutela y la promoción de la familia, fundada en el matrimonio monogámico entre personas de sexo opuesto y protegida en su unidad y estabilidad, frente a las leyes modernas sobre el divorcio. A la familia no pueden ser jurídicamente equiparadas otras formas de convivencia, ni éstas pueden recibir, en cuanto tales, reconocimiento legal. Así también, la libertad de los padres en la educación de sus hijos es un derecho inalienable, reconocido además en las Declaraciones internacionales de los derechos humanos. Del mismo modo, se debe pensar en la tutela social de los menores y en la liberación de las víctimas de las modernas formas de esclavitud (piénsese, por ejemplo, en la droga y la explotación de la prostitución). No puede quedar fuera de este elenco el derecho a la libertad religiosa y el desarrollo de una economía que esté al servicio de la persona y del bien común, en el respeto de la justicia social, del principio de solidaridad humana y de subsidiariedad, según el cual deben ser reconocidos, respetados y promovidos los derechos de las personas, de las familias y de las asociaciones, así como su ejercicio. Finalmente, cómo no contemplar entre los citados ejemplos el gran tema de la paz. Una visión irenista e ideológica tiende a veces a secularizar el valor de la paz, mientras, en otros casos, se cede a un juicio ético sumario, olvidando la complejidad de las razones en cuestión. La paz es siempre obra de la justicia y efecto de la caridad; exige el rechazo radical y absoluto de la violencia y el terrorismo, y requiere un compromiso constante y vigilante por parte de los que tienen la responsabilidad política».