La peligrosa tentación del Tribunal de Estrasburgo - Alfa y Omega

La peligrosa tentación del Tribunal de Estrasburgo

El Caso del Sindicato Pastoral afecta de lleno a la Iglesia ortodoxa de Rumanía, al Estado rumano y a un grupo reducido de sacerdotes ortodoxos. Sin embargo, su periplo judicial ha evidenciado que, dentro del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, hay una facción de jueces sectarios empeñados en cuestionar la libertad religiosa, la autonomía de las Iglesias y, en definitiva, los derechos humanos que deben proteger. Así lo asegura el Director del European Center for Law and Justice, don Georg Puppinck, tras conocer el dictamen final de la Gran Sala de Estrasburgo sobre este caso

José Antonio Méndez
El Tribunal de Estrasburgo desdibuja el principio de autonomía de las Iglesias

El 12 de abril de 2012, Alfa y Omega fue el único medio impreso, en España, que se hizo eco del Caso Sindicato Pastoral, en el que estaba en juego el respeto a la libertad religiosa y el principio de autonomía de las Iglesias frente a las injerencias de un Estado. Éstos eran los hechos: En 2008, un grupo de sacerdotes ortodoxos rumanos reclamó al Patriarcado ortodoxo crear un Sindicato Pastoral, que se erigía en representante y defensor de los intereses profesionales, económicos, sociales y culturales del clero y de los seglares, así como en interlocutor con las Administraciones, el Gobierno y el Patriarcado. Es decir, un sindicato al estilo de los que impuso la URSS en la Rumanía comunista. El Patriarcado se negó, porque su ordenamiento canónico prohíbe los sindicatos de sacerdotes y porque, como en la Iglesia católica, cada presbítero ortodoxo trata con su obispo, a quien promete obediencia. Los sacerdotes recurrieron a la Justicia rumana, que dio la razón al Patriarcado, entre otras razones porque, como la libertad religiosa está por encima del derecho a sindicarse, la Iglesia ortodoxa tiene libertad para organizarse como quiera. Los sacerdotes recurrieron al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de Estrasburgo, y en enero de 2012, la Sala Tercera del Tribunal (compuesta casi por los mismos jueces que, en el llamado caso Lautsi, propusieron retirar los crucifijos de los lugares públicos de Italia) dio la razón a los sacerdotes, cuestionando la legitimidad de las leyes rumanas, aunque no tenía competencia para hacerlo; diciendo que el derecho a sindicarse está por encima de la libertad religiosa y de los Acuerdos del Estado rumano con el Patriarcado ortodoxo; y erigiéndose en autoridad para decidir qué es o qué no es conforme con la doctrina cristiana ortodoxa, como si la autoridad civil del Tribunal fuese también autoridad religiosa. El Estado de Rumanía y el Patriarcado recurrieron esa sentencia ante la Gran Sala, que acaba de pronunciarse con una sentencia firme que enmienda la plana a la Sala Tercera y, en líneas generales, da la razón al Patriarcado frente al Sindicato. Aunque también tiene peligrosas lagunas.

Don Grégor Puppinck, Director del European Center for Law and Justicie -que ha intervenido en el caso como defensor del Patriarcado- explica que la Gran Sala reconoce que «las obligaciones del clero tienen un carácter especial, ya que están sujetos a un deber de lealtad mayor, sobre la base del compromiso personal de cada uno de sus miembros» y, además, «reconoce la libertad de las Iglesias para actuar según sus propias reglas, sin interferencia arbitraria del Gobierno, de acuerdo con el principio de autonomía de las Iglesias». Sin embargo, «el Tribunal no reconoce la naturaleza específica de la relación entre un clérigo y la Iglesia», pues dice que un sacerdote no tiene por qué obedecer a su obispo, un razonamiento «que está fuera de su jurisdicción», y que es falso, «pues todos los clérigos -ortodoxos o católicos- juran respetar las leyes de la Iglesia». Además, la Gran Sala abre la puerta «a los tribunales civiles para resolver disputas internas de las Iglesias, algo que se aleja de la jurisprudencia de Estrasburgo» y, aunque establece que «el Estado debe defender la libertad de las Iglesias, no dice nada sobre las circunstancias en que el Estado deba respetar esa libertad. Así, el Estado se convierte en guardián de la libertad de las Iglesias, para bien o para mal». Concluye Puppinck alertando de «una división interna de la Corte en asuntos de sociedad y religión», como pudo verse en la decisión de la Sala Tercera, en el Caso Lautsi, o en el hecho de que esta sentencia de la Gran Sala haya sido aprobada por 11 votos frente a 6, entre los que estaba el Presidente de la Corte, lo que abre una peligrosa vía hacia la tentación del radicalismo anticristiano.