¿Dónde ganar la Indulgencia del Año Jubilar Teresiano en Madrid? - Alfa y Omega

¿Dónde ganar la Indulgencia del Año Jubilar Teresiano en Madrid?

La catedral, cinco Carmelos Descalzos y una parroquia son los lugares fijados por el arzobispado de Madrid para ganar la Indulgencia Plenaria que el Papa ha concedido a todas las diócesis españolas con motivo del Año Santo Jubilar Teresiano

José Antonio Méndez

No hace falta viajar necesariamente hasta Ávila o Alba de Tormes para ganar la Indulgencia Plenaria que el Papa Francisco ha concedido a España con motivo del Año Santo Jubilar Teresiano, por el V centenario del nacimiento de santa Teresa de Jesús, que empieza hoy. Como ya ha ido anunciando Alfa y Omega, cada diócesis ha estipulado los lugares hasta los que pueden peregrinar los fieles para ganar este singularísimo perdón de los pecados, que la Iglesia concede en situaciones excepcionales.

También la archidiócesis de Madrid ha dado a conocer cuáles son los templos en los que se puede ganar el Jubileo: la catedral, los cinco Carmelos Descalzos que hay en la diócesis y la parroquia de Santa Teresa y San José, regida por los padres Carmelitas.

Éste es el Decreto hecho público por el arzobispado madrileño, y que fue firmado en el mes de julio por el entonces arzobispo de la archidiócesis, hoy Administrador apostólico y arzobispo emérito, el cardenal Rouco:

«Nos, Dr. D. Antonio María, del título de S. Lorenzo in Damaso, Cardenal Rouco Varela, arzobispo de Madrid:

La celebración del Año Jubilar Teresiano en España, proclamado por el Santo Padre Francisco desde el 15 de octubre de 2014 hasta el 15 de octubre de 2015, Fiesta de Santa Teresa de Jesús, con motivo del Vº centenario del nacimiento de dicha Santa, será un tiempo de gracia espiritual que el Señor nos ofrece.

La Penitenciaría Apostólica ha enriquecido particulares ejercicios de piedad con el don de las sagradas indulgencias, en Decreto de fecha 24 de abril de 2014, otorgando al obispo diocesano la concreción de los lugares en que dicha gracia se puede lucrar en su diócesis, además de la iglesia catedral. Con este fin, teniendo en cuenta las disposiciones del citado Decreto, establezco:

Podrán ganar el don de la indulgencia plenaria durante este Año Jubilar Teresiano, con las condiciones establecidas en el Decreto arriba mencionado:

a) Todos aquellos fieles que acudan a la Santa Iglesia Catedral o cualquiera de los templos jubilares designados y participen en una sagrada ceremonia o por lo menos permanezcan durante un cierto tiempo en oración, concluyendo con el Padrenuestro, el Credo y una invocación a la Santísima Virgen María y a santa Teresa de Jesús, cualquier día del año.

b) Son lugares donde se podrá lucrar la gracia de la indulgencia plenaria del Año Jubilar Teresiano en la archidiócesis de Madrid, los siguientes:

• Iglesia Catedral de Santa María la Real de la Almudena. C/ Bailén, 10, Madrid.

• Parroquia de Santa Teresa y San José. Pza. de España, 14, Madrid.

• Monasterio de Santa Ana y San José, Carmelitas Descalzas. C/ General Aranaz, 58, Madrid.

• Monasterio de Santa Teresa de Jesús, Carmelitas Descalzas. C/ Ponzano, 79, de Madrid.

• Monasterio de Nuestra Señora de las Maravillas, Carmelitas Calzadas de la antigua observancia. C/ Príncipe de Vergara, 23, de Madrid.

• Monasterio del Sagrado Corazón, Carmelitas Descalzas. C/ Carretera de Húmera, 19, (Aravaca) Madrid.

• Monasterio del Sagrado Corazón y San José, Carmelitas Descalzas. Pza. Santa Teresa, 2, San Lorenzo de El Escorial.

Los fieles verdaderamente arrepentidos que no puedan acudir a estas iglesias por graves motivos (los ancianos, los enfermos), lucrarán la Indulgencia plenaria, con las mismas condiciones, si, con propósito de realizar lo antes posible las tres acostumbradas condiciones, ante alguna pequeña imagen de santa Teresa de Jesús, se unen espiritualmente a las celebraciones jubilares o peregrinaciones y rezan el Padrenuestro y el Credo en su casa o en el lugar donde permanezcan a causa de impedimento, ofreciendo los dolores y las molestias de la propia vida.

Todos los fieles, si estuvieran en cama, podrán alcanzar la indulgencia parcial, incluso varias veces al día, cuantas veces con corazón contrito practiquen obras de misericordia, actos penitenciales o de evangelización, invocando a Santa Teresa de Jesús, que compensó su deseo de martirio con limosnas y otras buenas obras».

Conviene recordar, no obstante, cuáles son las condiciones que la Santa Sede pide a los fieles «verdaderamente arrepentidos» que quieran recibir la Indulgencia Plenaria: confesión sacramental, Comunión Eucarística y oración por las intenciones del Romano Pontífice. Además, los fieles también podrán ofrecer y aplicar las gracias de la Indulgencia por las almas de los fieles todavía en el Purgatorio. Una buena forma de vivir la comunión de los santos: santa Teresa, como Iglesia triunfante ya en el cielo, ayuda a los fieles españoles, la Iglesia peregrina en la tierra, para auxiliar a la Iglesia purgante. Una lluvia de gracias que, seguro, dará frutos.