¿Por qué no hay más peticiones de asilo de niños solos en España? - Alfa y Omega

¿Por qué no hay más peticiones de asilo de niños solos en España?

La Defensora del Pueblo pide mayor formación para las personas que atienden a los niños que llegan solos

Europa Press
Foto: UNICEF

España ha recibido en el primer semestre del año 7.000 peticiones de asilo y de ellas, sólo 27 correspondían a menores no acompañados, una cifra que llama la atención de los expertos porque son miles los niños refugiados que viajan solos y que piden protección internacional en países de la Unión Europea cada año. El Defensor del Pueblo habla de «carencias» en el sistema, Save The Children dice que los casos no se identifican y Fundación Raíces señala mala práxis con estos menores.

En todo 2015 se presentaron en la Unión Europea 88.265 solicitudes de asilo de menores no acompañados, es decir, que el 23,1 por ciento de todos los niños que pidieron protección internacional estaban solos. Mientras, en España fueron 25 casos sobre un total de 3.728 menores, el 0,6 por ciento.

Los datos oficiales a los que ha tenido acceso Europa Press, actualizados a 30 de junio de 2016, revelan que cinco de las 27 peticiones que se han registrado en el primer semestre de este año eran de niños sirios, tres de colombianos y dos en los casos de Gambia, Costa de Marfil y Malí.

Consta asimismo una sola petición de niños solos en cada una de las siguientes nacionalidades: Angola, Argelia, Bangladés, Camerún, Libia, Nigeria, Pakistán, República Democrática del Congo, Rusia, Senegal, Somalia, Sri Lanka y Ucrania.

Según la última memoria de la Fiscalía de Sala de Extranjería, no es porque no lleguen niños extranjeros solos a España. En 2014, el último año en que ofreció datos oficiales al respecto, el Registro Central de Menores no Acompañados tenía 3.660 inscritos como residentes en España sin ningún adulto que se hiciese cargo de ellos.

Aquel año llegaron 223 sólo en patera —la fiscalía no tiene datos de cuántos lo hicieron escondidos en vehículos, pero en abril de 2016 se contaban 540 sólo en Melilla— y 3.419 estaban tutelados por las Comunidades Autónomas. Restando a los 286 nacidos en la Unión Europea y por tanto, no sujetos en principio a recibir en España protección internacional, quedan 3.133 menores de otros países que sí podrían ser emisores de refugiados. Sin embargo, en todo el año presentaron 17 solicitudes de asilo.

«Las bajas cifras de demandas de protección internacional presentadas por menores no acompañados en España son llamativas», dice el informe monográfico del Defensor del Pueblo sobre el sistema de asilo español registrado hace unos días en el Congreso. Según afirma, «existen significativas carencias» en el sistema al responder a estos niños y adolescentes que huyen solos.

Explica por ejemplo que la Ley de Asilo establece un procedimiento para el tratamiento específico de estas solicitudes a fin de dotarlas de mayores garantías y blindar el interés superior del menor y «sin embargo, es la Administración la que decide cuándo es preciso iniciar este trato diferenciado».

«Ese sistema no es correcto», afirma el Defensor del Pueblo, quien por ello ha enviado diversas recomendaciones a la Administración para que se establezca como «principio insoslayable» ese trato diferenciado a todas las peticiones de protección internacional de los menores de edad. El Gobierno respondió que lo haría mediante el desarrollo de la Ley de Asilo, pero siete años después de aprobar aquella norma, el reglamento no se ha elaborado.

Hace notar además que tampoco se ha incorporado a la legislación española la Directiva Europea de Procedimientos del año 2013, la norma de la UE que establece las garantías en las peticiones de estos niños que están solos y regula los deberes de los Estados para con ellos, como el nombramiento de un representante que le asesore en el proceso, un abogado que le acompañe y un funcionario especializado en estos casos que le atienda.

Foto: Fotolia

«Gran desconocimiento»

Para Save The Children, las cifras «no representan la realidad» y son seguro muchos más los niños en España que necesitan protección internacional de los que finalmente la piden. «No se están identificando los casos de menores extranjeros no acompañados que necesitan protección internacional ni por parte de los profesionales ni por parte de los propios menores, que no se reconocen como refugiados porque carecen de información», dice a Europa Press la portavoz de la ONG Catalina Perazzo.

Explica que «hay un desconocimiento muy grande» y se dan casos en que los propios profesionales que atienden a los niños les dicen que estando ya en el sistema de protección de menores no necesitan pedir asilo, cuando «ambos sistemas son compatibles» y el segundo brinda al menor una «protección específica y fundamental»: La garantía de que no será devuelto, ni de niño ni de adulto, al país del que huyó por un motivo objetivo de persecución.

«Por eso la formación es fundamental, tanto de las personas que trabajan con estos menores como de los propios niños», dice la portavoz de Save The Children, organización que trabaja en la Red Solidaridad de Responsabilidades desde 2008 precisamente para dar formación a los operadores que trabajan con menores y ayudarles a identificar tanto necesidades de protección internacional como a víctimas de trata.

¿Es un niño o un adulto?

Fundación Raíces añade otra variable a la ecuación de la que también alerta el informe del Defensor del Pueblo y son las pruebas de determinación de la edad que con frecuencia ordena Fiscalía para intentar discernir si un joven sin documentación ha cumplido los 18. Tienen un margen de error de hasta tres años, por lo que un chico de 16 puede ser tomado por uno de 19 y así, expulsado del sistema de protección e incluso del país. Además, mientras se dirimen estas cuestiones puede ser que nadie le informe de su derecho de asilo.

«El número de solicitudes de protección internacional presentadas por menores extranjeros no acompañados en España es muy reducido. Se ha detectado la necesidad de mejorar la formación del personal que presta sus servicios en los centros de protección de menores a fin de que proporcionen información adecuada», dice el informe del Defensor del Pueblo.

Además de toda una batería de recomendaciones a distintos organismos, coomo «clarificar la compatibilidad de los procedimientos de asilo con los regulados por la ley de extranjeria», eleva una concreta a las comunidades autónomas, que tienen las competencias sobre los menores de edad: «Impartir instrucciones para que el personal que trata con menores extranjeros no acompañados explique de manera sencilla cuáles son los derechos del solicitante de asilo y los supuestos que ampara».