El verdadero bien de los esposos - Alfa y Omega

Pablo VI, en la Humane vitae, nos introduce pedagógicamente en la exacta comprensión de la responsabilidad exigida por una paternidad plenamente humana y cristiana, oponiéndola a la arbitrariedad, que entiende como la pretensión por parte de los cónyuges de «determinar de manera completamente autónoma los caminos lícitos a seguir», desconociendo que están llamados a ser cooperadores e intérpretes del amor de Dios.

Basándose en «la inseparable conexión que Dios ha querido, y el hombre no puede romper por propia iniciativa, entre los dos significados del acto conyugal: el significado unitivo y el significado procreador» (n. 12), Pablo VI afirma que «cualquier acto matrimonial debe quedar abierto a la transmisión de la vida» (n. 11) y, en consecuencia, que impedir su desarrollo natural «es contradecir la naturaleza del hombre y de la mujer y sus más íntimas relaciones».

La afectividad, con «las tendencias del instinto y de las pasiones», debe someterse al dominio de la razón y de la voluntad, para que se pueda asumir responsablemente el significado fascinante y benéfico de ese impulso interior que lleva al hombre a salir de sí y a sellar una alianza de amor.

La situación concreta, con sus «condiciones físicas, económicas, psicológicas y sociales», exige también una «deliberación ponderada y generosa», que supere una lógica puramente calculadora, tacaña y desconfiada, y descubra una vocación -conyugal y paterna- que Dios se compromete, junto con los esposos, en llevar a término, haciendo que el yugo sea llevadero y la carga ligera. Pero, puesto que las circunstancias son el contexto concreto en el que el ser humano viene a la existencia, puede ser legítima, e incluso moralmente obligatoria, «la decisión, por graves motivos y en el respeto de la ley moral, de evitar un nuevo nacimiento durante algún tiempo indefinido».

La conciencia de los cónyuges es el «fiel intérprete del orden moral objetivo establecido por Dios» siempre que sea recta: en ella se descubre que el diálogo conyugal -corporal, afectivo y circunstancial- es, en realidad, un diálogo orientado al verdadero bien de los esposos, los hijos, la familia y la sociedad.

En la revista ‘Humanitas’